La Sentencia de Divorcio definitivamente firme, indica que
el ambiente esta creado para la posible Partición de Bienes, la cual puede ser
de dos maneras:
Amistosamente: La ex pareja
conviene de común acuerdo sobre la distribución de los bienes. Homologan este
acuerdo con Asistencia de un Abogado por el Tribunal de Municipio y luego lo protocolizan en la Oficina
Subalterna de Registro del ultimo domicilio conyugal, cabe destacar que este
acuerdo no surtirá efectos ante terceros sino después de tres meses de
protocolizado. Sin embargo, es lo más razonable, no le recomiendo que
introduzca tal petición en un Libelo de Divorcio, pues existe posibilidad de
que no se lo admitan, en este caso mi recomendación es siempre
intentarlo por un procedimiento autónomo como la homologación, en caso de la
existencia de un acuerdo.
Contenciosa: Con la
sentencia definitivamente firme de Divorcio, puedes Demandar la Partición de
Bienes, cuando no hay equidad en la distribución. En el caso de que el abogado
de la contraparte no haga oposición a la partición en el acto de contestación
de la demanda el juez nombrará a un partidor. Y bueno eso lleva un proceso por
lo que hay que estar encima del expediente, pero si la contraparte no hace la
oposición, prácticamente perderá el juicio. En otro supuesto, igual podemos ganar.
En cualquier caso puedo ayudarte.
Abg. Tomás Reyes
E-mail: Tomasreyesmoya@gmail.com
