Solicitud de Acuerdos Reparatorios



Despacho Legal Reyes y Asociados

Consisten el la resolución alternativa de conflictos, tienen carácter indemnizatorio para la victima y extinguen la acción penal contra el Imputado.

Proceden cuando se trata de hechos punibles que recaigan sobre intereses patrimoniales (Extorsión, Estafa, Robo, etc) o delitos culposos que no afecten permanentemente a una persona o que ocasionen la muerte (Lesiones personales culposas, etc).

En cualquier momento desde la fase preparatoria (investigativa) el juez podrá aprobar SOLICITUD DE ACUERDOS REPARATORIOS.

Para realizar la solicitud de un acuerdo reparatorio la defensa privada en representación del Imputado, debe haber convenido con la victima. Introduce su escrito ante el tribunal de control, se  notificara al ministerio publico y concurrirán a audiencia el fiscal del ministerio publico, el juez de control, la victima y el imputado asistido por su abogado defensor, Si la victima conviene en concretar el acuerdo, se apertura el régimen de pruebas, allí es fundamental que se cumpla la obligación de reparación contraída, luego el juez finalizado régimen de pruebas se convocará a las partes apara verificar el cumplimiento de acuerdo reparatorio. Si este se incumple el proceso penal continuara.

Recomiendo que cuando le sea otorgado un beneficio así, cumpla con el acuerdo reparatorio para así provocar la extinción de la acción penal.

En cualquier caso puedo ayudarte.
Abg. Tomás Reyes
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