El ciudadano fue objeto de una investigación penal, al final no dio resultado y fue al archivo fiscal, cumplio la condena o incluso prescribió la acción penal, lo importante es que el delito quedo subsanado. Sin embargo, el ciudadano aparece solicitado con orden de captura, esta situación ha causado conflictos al ciudadano. Para resolver solo tiene que buscar a un abogado, entregarle certificada de la sentencia que declara terminado el asunto (Esa la solicita en el tribunal competente), luego hacen su escrito solicitando la exclusión del sistema e introducen por el tribunal. Una vez el sustanciada, las resultas se envían a la Asesoría Jurídica Nacional del C.I.C.P.C, junto a la copia de la cedula de identidad del ciudadano. En la Asesoría del C.I.C.P.C van a evaluar la solicitud, y de ser procedente ordenan la exclusión del sistema. Cabe mencionar que esta exclusión del sistema S.I.P.O.L, puede ser solicitada por varias causas, como son: - De Oficio, - Instancia de Parte Interesada, - Por Prescripción. Acotando que en esta entrada solo nos referimos a la ordenada de oficio por el tribunal, cuando ocurran ciertas circunstancias, a saber: A) Cumplimiento de la Pena, B) Absolución, C) Prescripción.
P.D: Es recomendable que consulte a su Abogado con experiencia y que sea confiable, para que le de una visión mas clara del caso, hay muchos que entran con la intención de hacerlo ellos mismos o buscarse un abogado recién graduado que les regale el trabajo para ahorrarse un dinero. Pero están equivocados, porque luego ocurren las peores consecuencias y terminan mal.
