Delito de Invasión y Acuerdo Reparatorio.


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El derecho de propiedad se caracteriza por ser oponible ante terceros, exclusivo e inviolable, por tanto cuando alguien intenta coartarla, surge la necesidad de denunciar ante el Ministerio Publico dicho hecho, quien va a llevar acabo la investigación y hacer la pre-calificación del ilícito. Ello va a conducir al posterior desalojo del inmueble, incluyendo cualquier otra medida,  algunos dicen que por tener menores que no pueden desalojarlo, pero allí tienen a la institución de la L.O.P.N.A quien decidirá respecto a los menores. Ahora bien, cualidad para solicitar esta intervención la tiene el propietario mediante instrumento público del inmueble, de acuerdo a las previsiones legales. Pudiendo obtener un pronunciamiento favorable en caso de no haber aceptado acuerdo reparatorio. En otro orden de ideas, la mejor opción del imputado será proponer un acuerdo reparatorio para poder solventar la situación.