N° 10. Declaración de Unicos y Universales Herederos (Menores)


Declaración de Unicos y Universales Herederos



Ciudadano:
Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario  de Barcelona Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Su Despacho:

Yo, NANCY DEL CARMEN CERMEÑO DE BELLO, venezolana, mayor de edad,  ,titular de la cédula de identidad No. 5.991.630  domiciliada en la ciudad de Cantaura Municipio Freites del Estado Anzoátegui, y de aquí de transito asistida en este acto por la ciudadana ANA ROSA OLIVARES GUEVARA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No  V- 4.002.150, abogado en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado ( I:P.S.A) bajo el No. 37.051 y de mi mismo domicilio, actuando en mi carácter de cónyuge sobreviviente y en representación de los ciudadanos: NILU JOSEFINA BELLO LOCKIBI, RONALD MANUEL BELLO NORIEGA, ANGEL MANUEL BELLO ALCANTARA Y ALEXANDER MANUEL BELLO LOPEZ,  venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad  Números V- 15.893.464, V-13.274.417, V- 13.729.444 y V- 18.585.506 respectivamente todos domiciliados en la ciudad de Carupano Municipio Bermúdez Estado Sucre  representación esta que consta en Instrumento Poder debidamente  Autenticado por ante la Oficina Notarial de la ciudad de Anaco Municipio Anaco del estado Anzoátegui en fecha Veintiocho (28) de Noviembre del  Dos Mil Seis ( 28-11-2.006) , anotado bajo el No 74, tomo 100 de lo0s libros de autenticaciones llevados por esa Notaria , cuyo original consigno marcado con la letra “ A” .   Ante usted, muy respetuosamente  ocurro y  expongo:   Es el caso Ciudadano Juez que en fecha Veintisiete de Abril del año Mil Novecientos Noventa y siete ( 27-04-1997)  falleció ad-instestato el ciudadano LUIS MANUEL BELLO SANEZ, quien era mi esposo según consta en Acta de Matrimonio de fecha once de Julio del año Mil Novecientos Noventa y cuatro ( 11-07-1994), la cual consigno marcada con la letra “ B”  y según Acta de Defunción No 0852390 emitida por la Oficina del Registro Civil del Municipio Pedro María Freites  del Estado Anzoátegui para el año 1997 marcada con la letra “ C”  De nuestra unión matrimonial no procreamos hijos, el mencionado difunto procreo cuatro ( 04) hijos fuera del matrimonio: NILU JOSEFINA BELLO LOCKIBI, RONALD MANUEL BELLO NORIEGA, ANGEL MANUEL BELLO ALCANTARA Y ALEXANDER MANUEL BELLO LOPEZ,  venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad  Números V- 15.893.464, V-13.274.417, V- 13.729.444 y V- 18.585.506 respectivamente como consta en partidas de nacimientos marcadas con las letras “D, E, F, G ”respectivamente. Ciudadano Juez el causante no dejó otros descendientes o herederos legítimos a  excepción de mi persona y de sus hijos antes identificados, y es por ello que acudo a su competente autoridad para solicitar, previo cumplimiento de las formalidades legales  y de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código De Procedimiento Civil, sirva declararnos como únicos y Universales Herederos del Causante: LUIS MANUEL BELLO SANEZ , y para ello solicito a usted: Se Sirva recibir en su despacho a los testigos que espontáneamente  presentaré para que, previo cumplimiento de las formalidades legales  sobre testigos, declaren en tenor del siguiente interrogatorio : ====================
PRIMERO: Si   conocen de vista trato y comunicación a : NANCY DEL CARMEN CERMEÑO DE BELLO, NILU JOSEFINA BELLO LOCKIBI, RONALD MANUEL BELLO NORIEGA, ANGEL MANUEL BELLO ALCANTARA Y ALEXANDER MANUEL BELLO LOPEZ, . SEGUNDO: Si de igual forma conocieron al decujus LUIS MANUEL BELLO SANEZ y que al momento de su fallecimiento  tenia su domicilio en la Ciudad de Cantaura Municipio Pedro María Freites del Estado Anzoátegui. TERCERO: Si pueden dar fe de que el prenombrado causante era esposo de la ciudadana NANCY DEL CARMEN CERMEÑO DE BELLO y padre de los ciudadanos:: NILU JOSEFINA BELLO LOCKIBI, RONALD MANUEL BELLO NORIEGA, ANGEL MANUEL BELLO ALCANTARA Y ALEXANDER MANUEL BELLO LOPEZ, Si les consta de que los únicos herederos del prenombrado decujus son los ciudadanos:, NANCY DEL CARMEN CERMEÑO DE BELLO, NILU JOSEFINA BELLO LOCKIBI, RONALD MANUEL BELLO NORIEGA, ANGEL MANUEL BELLO ALCANTARA Y ALEXANDER MANUEL BELLO LOPEZ y que no hay ningún otro heredero======================
Finalmente pido que las presentes actuaciones me sean devueltas original con sus resultas una vez evacuada y declarada con logro la solicitud. Es justicia a la fecha de su presentación.



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