Contrato de Arrendamiento de Local Comercial
Entre, AMIRA JOSEFINA ROJAS PEAMO Venezolana, mayor de edad, titular de la
cedula de identidad Nº 9.812.393 domiciliado en la ciudad de Anaco
Municipio Anaco del Estado
Anzoátegui, quien en lo adelante y a los efectos de este contrato se denominara
“ El ARRENDADOR” por una parte y por la otra el ciudadano ASIUL
MALAVE VILLALBA , Venezolana, mayor de edad , titular de la cédula de
identidad Nº 13.178.377 de este domicilio, quien en lo sucesivo y para todos
los efectos legales derivados del presente contrato se denominara EL ARRENDATARIO; hemos convenido en celebrar, como en efecto
celebramos, el presente contrato de arrendamiento, a tiempo determinado, el
cual se regirá por las cláusulas que se expresan a continuación:
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PRIMERO OBJETO:
EL ARRENDADOR da en arrendamiento a EL ARRENDATARIO, un (1)
Inmueble de su legitima propiedad,
Constituido por un local comercial distinguido con el N°5-27, Ubicado en la
calle Urpin de la Ciudad de Anaco, Municipio Anaco del estado Anzoátegui;
equipado con: (6) Seis lámparas 2) Dos baños
(1) Lavamanos en la parte externa
de los baños.......................................................................
SEGUNDO USO Y DESTINACION:
Queda expresamente convenido que EL ARRENDATARIO destinara el inmueble
arrendado única y exclusivamente a Consultorio odontológico.- - - - - -- - - --
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TERCERO VIGENCIA DEL CONTRATO:
El plazo de duración de este contrato es de un (1) año, contado a partir del
día 01 de Marzo del 2005. Dicho plazo se considerara automáticamente prorrogado
por periodos iguales si ninguna de las partes manifestare a otra, por escrito,
su voluntad de no prorrogarlo con treinta (30) días de anticipación al
vencimiento del contrato o al vencimiento de su prorroga el canon de
arrendamiento será incrementado de común acuerdo entre las partes, y en caso
contrario será aumentado automáticamente en un porcentaje. El canon de arrendamiento será de
cuatrocientos mil bolívares (400.000,00) mensuales y dos meses por concepto de deposito por la cantidad de
ochocientos mil Bolívares (800.000) , . - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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CUARTA:
Es entendido por el ARRENDATARIO y así lo acepta que la falta de pago de dos
(2) mensualidades dará derecho al ARRENDADOR a pedir la resolución del presente
contrato por falta de pago. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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QUINTA:
Queda entendido entre las partes contratantes que todos los gastos
concernientes al consumo de agua, luz, aseo urbano, etc., correrán por cuenta
de el ARRENDATARIO. - - - - - - - - - - - -
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SEXTA:
EL ARRENDATARIO declara en este acto que recibe el inmueble en
condiciones optimas para ser
habitado.,. - - - - - - - - - - - - - --
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SEPTIMA:
EL ARRENDATARIO no podrá sub.-arrendar ,
ceder ni traspasar en forma alguna total, ni parcialmente el inmueble, será
bajo pena de nulidad sin haber cualquier intento de violar esta disposición
será considerado doloso y dará origen a las acciones civiles y penales
pertinentes, además del derecho que compete al ARRENDADOR de exigir el desalojo
inmediato de la persona o personas hubiesen ocupado la casa de este contrato de
ARRENDAMIENTO con motivo de la indebida cesión o autorización que hubiere dado
a EL ARRENDADOR. - - - - - - - - - - - -
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OCTAVA:
El incumplimiento de cualquiera de las cláusulas mencionadas en este contrato y
que asume EL
ARRENDATARIO
en este acto
dará derecho al
ARRENDADOR mediante declaración
a exigir |inmediata desocupación
del inmueble e intentar las acciones legales pertinentes sobre la materia.- - -
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NOVENA:
EL ARRENDATARIO queda obligada a poner en conocimiento en forma verbal o
escrito al ARRENDADOR y con la mayor urgencia de cualquier novedad dañosa o
indicio de que pueda ser necesario alguna reparación mayor, de no hacerlo será
responsable de los perjuicios que ocasione su negligencia. - - -
DECIMA:
EL ARRENDADOR no se hace responsable por daños y perjuicios que pueda sufrir EL
ARRENDATARIO o las personas que habiten el inmueble arrendado, por concepto de
deterioro o ruina, daño, perdidas o robos, incendios o cualquier otro hecho
imprevisto en el inmueble. - - - - - - - - - - - - - - - - - -
DECIMA PRIMERE:
En todo lo no previsto en el presente contrato se aplicarán las disposiciones
legales pertinentes sobre la materia y se fija como domicilio único y especial
para todos los efectos de este contrato en Anaco Municipio Anaco del Estado
Anzoatequi- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
EL
ARRENDADOR EL ARRENDATARIO


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