Infortunio Ocupacional (Accidente o Enfermedad Derivada del Trabajo)



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Cuando ocurra un Infortunio Ocupacional cualquier implicado e interesado debe NOTIFICAR a I.P.S.A.S.E.L del hecho, dentro de las 24 horas siguientes a la ocurrencia, se realizaran inspecciones correspondientes, además el paciente tiene que estar dispuesto a que se le hagan todas las evaluaciones necesarias para calificar el infortunio ocupacional, y, que se proceda a la CERTIFICACIÓN DEL INFORTUNIO OCUPACIONAL, este informe es la prueba fundamental del hecho, y, da lugar a un pago mejor. La certificación, es un documento que será fundamental para iniciar actuaciones por tribunales. Dichas actuaciones buscan recabar las pruebas que evidencien la responsabilidad Patronal. Obligatoriamente, hay que acompañar esta demanda de una petición que indemnice los daños y perjuicios causados al trabajador, así como el daño moral sufrido. Y el patrono está obligado a resarcirlo. Ahora bien, las indemnizaciones a pagar se calcularán según la calificación que ha tenido el daño, en caso de: A) Discapacidad Temporal: El doble del Salario Correspondiente a Días de Reposo. B) Discapacidad Parcial Permanente: Entre 1 y 4 Años de Salario Contados por día continuo. C) Discapacidad Total Permanente para Trabajo Habitual: Entre 2 y 5 Años de Salario Contados por día continuo. D) Discapacidad Absoluta Permanente para Cualquier tipo de Actividad: Entre 3 y 6 Años de Salario Contados por día continuo. E) Gran Discapacidad: Entre 4 y 7 Años de Salario Contados por día continuo. F) Muerte: Entre 5 y 8 Años de Salario Contados por día continuo.

CÁLCULO DE INFORTUNIO OCUPACIONAL

(En Breve Será Escrito Aquí)